Normativas náuticas españolas
El kayak o el Surf, son deportes acuáticos que en España están ganando popularidad y su fácil empleo hace que personas de todas partes sientan curiosidad y ganas de practicar estos deportes que pueden realizarse de manera recreacional o competitiva. Cuando se comienza en el mundo del kayak o el paddle surf es normal querer entrar al agua y aprender rápido, sin embargo antes de entrar al agua es importante conocer una serie de normativas para el uso del kayak en aguas españolas.
Lo primero es la seguridad, contar con ayuda profesional ayudara a elegir adecuadamente el kayak o tabla de paddle surf indicada para el tipo de actividad a realizar y el material adecuado para cada persona, además de consejos de seguridad que permitirán evitar complicaciones en el agua.
Despues de esto se encuentra el marco legal, y aunque parezca un deporte que no requiere de permisos especiales o se encuentre condicionado por alguna ley, no es así. Conocer estas leyes te ayudaran a navegar dentro del marco legal y evitar sanciones. Ya que el desconocimiento de las leyes no exime de cumplirlas, ni de ser sancionado si las incumplimos. Es prudente repasar a que normativas y legislación está sometida la navegación en kayak y tablas de Paddle Surf, tanto en el mar como en las aguas de ríos y lagos.
Para hacer cualquier tipo de piragüismo en España, hace falta tener un permiso de la Confederación Hidrográfica correspondiente. Las confederaciones hidrográficas son concebidas por la Ley de Aguas y tienen entre otras muchas funciones la de controlar la navegación en las aguas de su competencia. Por lo tanto es a ellas a las que hay que acudir para solicitar el permiso que necesitamos. Actualmente hay algunas cuencas en las que ni siquiera es necesaria una solicitud siempre que rememos con piraguas que no sobrepasen los 2,5 metros y hasta el momento, no es necesario permisos para el mar.
Como conseguir el permiso
En las Confederaciones Hidrográficas en las que necesitamos un permiso tendremos que completar la Declaración Responsable. Este es un documento suscrito por el interesado en el que manifiesta bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para el ejercicio de la navegación en lago o río solicitado que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el ejercicio de la actividad que motiva la declaración.
Para solicitar el permiso primero se debe acceder a la normativa de navegación de la confederación de la cuenca en la que vas a remar, allí sabrás si necesitas presentar la declaración en la cuenca correspondiente, debe ser impresa y llenada según su orientación para luego ser enviada en un plazo de unos 15 días antes de la navegación en la cuenca, esta tendrá una valides de 12 meses. Cada confederación provee a las personas las normativas para los tramos permitidos de navegación. Las confederaciones donde se presenta la declaración responsable exigen la limpieza de la embarcación y una póliza de seguro, un dato útil es contar con una copia de la declaración al llegar al lugar donde se practicara el deporte, así podrán evitarse molestias.
En las playas no es necesario solicitar permiso para el uso de kayaks o tablas de paddle surf según el artículo 11 de la Orden FOM/3200/2007 el cual cita:
Para el gobierno de las embarcaciones a motor con una potencia máxima de 11,03 kW; y de hasta 4 metros de eslora, las de vela de hasta 5 metros de eslora y los artefactos flotantes o de playa, no será preciso estar en posesión de las titulaciones enumeradas en el artículo 6 (títulos habilitantes), pero sólo podrán navegar durante el día, en las zonas delimitadas por la capitanía marítima. No obstante, no se podrán superar en momento alguno las limitaciones del título de patrón para navegación básica.
Asimismo, no será necesario título alguno de los regulados en esta orden para la realización de las actividades de preparación y participación en competiciones oficiales, tanto de vela como de motonáutica.
Limitaciones para el uso de kayaks y tablas de paddle surf
En las playas solo se puede navegar durante el día dentro de las zonas delimitadas por la capitanía marítima. En las playas donde no se establecen estos límites, no se debe alejar de un abrigo (zona segura para desembarcar) más de 5 millas en cualquier dirección, lo cual supone una buena distancia ya que la velocidad promedio de estas tablas es de 3 nudos, con lo cual se lograría esa distancia en un poco más de 3 horas.
Los kayaks y tablas de paddle surf pueden representar un peligro para los bañistas en las playas, es por ello que en playas con gran afluencia de bañistas se establecen boyas cónicas de color amarillo fondeadas a distancias no inferiores a 25 metros con una longitud total perpendicular a la orilla de la costa de 200 metros como mínimo y unidas entre sí por una línea de corcheras o similar de color amarillo o blanco, con objeto de crear una barrera física claramente visible, que impida la entrada de embarcaciones a la zona de baño.
Está legislado que en los tramos de costa no balizados como zona de baño, se entenderá que la zona de baño ocupa una franja de mar contigua a la costa de 200 metros de ancha en las playas y de 50 metros en el resto del litoral, donde no pueden realizarse actividades deportivas o de recreo a una velocidad superior de 3 nudos.
Todas las embarcaciones o artefactos flotantes, cualquiera que sea su medio de propulsión, que salgan o se dirijan a las playas, deberán hacerlo perpendicular a tierra, navegando con precaución y siempre a menos de 3 nudos desde los 200 metros hasta la costa o viceversa. Si existen canales balizados de acceso, éstos se usarán obligatoriamente.
En las aguas de ríos y lagos se debe navegar bajo permisos concedidos por la confederación hidrográfica correspondiente donde las limitaciones de navegación son dadas según el riesgo que representa el rio o el lago y establecen que solo las áreas seguras para los bañistas como zonas navegables.
Uso de chalecos y equipos de seguridad
El uso de chalecos salvavidas y otros equipos de seguridad son dictaminados por las confederaciones hidrográficas, quienes solicitan portar los equipos adecuados para la seguridad, sin embargo, en la navegación de recreo no es obligatorio llevarlos puesto pero en competencia y al surcar aguas retiradas de la costa (dentro de las 5 millas permitidas) si es obligatorio llevarlos puesto.
Debido a la contaminación que representan para la naturaleza, los motores acuáticos están prohibidos en los lagos y ríos de España, son pocos los lagos que aun permiten el uso de pequeños motores de 2 tiempos, una solución aceptable para algunas confederaciones hidrográficas es el uso de motores eléctricos de 12v que no contaminan el ambiente y son populares en la navegación de recreo. Debido a que todas las confederaciones tienen sus propias regulaciones, es necesario visitar la página web de correspondiente a fin de conocer si en la zona a navegar esta permitido el uso de estos motores.